Las personas con una enfermedad grave e incurable que padezcan un sufrimiento «constante e intolerable» podrán solicitar asistencia médica al morir. La ley ha sido impugnada por los conservadores ante el Tribunal Constitucional.
La regulación de la eutanasia es fruto de una controvertida ley, que ha sido recurrida ante el Tribunal Constitucional y está viciada. El 18 de marzo de 2021, el Congreso aprobó la Ley Orgánica de Regulación de la Eutanasia y dio un plazo de tres meses para que las comunidades autónomas crearan las Comisiones de Garantía y Evaluación, los órganos encargados de supervisar cada caso y autorizar la prestación.
Sin embargo, cinco comunidades aún no han creado estas comisiones: Andalucía, Galicia, La Rioja, Madrid y Navarra. Otras, como Castilla y León, se han precipitado en el último momento. La creación de estas comisiones ha sido objeto de controversia.
Objetores de conciencia
También hay lagunas en la ley con respecto a los registros de objetores de conciencia. No da un plazo concreto para su aplicación, aunque algunas comunidades ya las han creado, y los colegios de médicos han manifestado su oposición a estas listas. «Creemos que los registros de objetores son un grave error y sólo generarán distorsiones y animarán a la gente a registrarse, aunque muchos médicos no saben si se opondrán o no, porque cada caso es diferente», afirma el presidente de la Comisión de Deontología de la Organización Médica Colegial, Juan José Rodríguez Sendín.
El apoyo de la comunidad médica a la ley no es uniforme, y algunos colegios han publicado encuestas. En diciembre de 2019, el Colegio de Médicos de Madrid realizó una encuesta a médicos de varias ciudades y concluyó que siete de cada diez estaban a favor de regular la eutanasia.
Por su parte, el departamento de salud de la Generalitat de Cataluña realizó una encuesta voluntaria el pasado mes de abril entre el personal sanitario y el 11,4% dijo que ejercería la objeción de conciencia, cerca del 30% dijo que sólo lo haría en casos concretos y más de la mitad dijo que no se opondría a la eutanasia.
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Cinco semanas después de solicitarlo
El país ibérico se convierte en el séptimo país del mundo donde esta práctica es legal. La prestación de ayuda para morir forma parte de la cartera básica del sistema nacional de salud y puede ser solicitada por adultos que padezcan una «enfermedad grave e incurable» o una «afección grave, crónica e incapacitante» que afecte a la autonomía y genere un «sufrimiento físico o psicológico constante e intolerable».
La eutanasia estará a disposición del paciente unas cinco semanas después de su solicitud, tras ser informado de las distintas alternativas y cuidados paliativos disponibles y tras confirmar su deseo de morir al menos cuatro veces. Puede realizarse en centros sanitarios públicos, privados o concertados, así como a domicilio.
MS (efe/dpa)