¿Y ahora qué viene después del último informe de la Corte Penal Internacional sobre Venezuela?

Luego de conocer y analizar el contenido del más reciente informe emitido por la Corte Penal Internacional (CPI) sobre los crímenes de lesa humanidad cometidos en Venezuela, el Centro de Justicia y Paz (CEPAZ) se muestra optimista y asegura que la justicia internacional se demora, pero llega.

“La justicia internacional tiene la virtud de parecer eterna y que puede tardar, pero finalmente sí se cumple y termina alcanzando sus metas”, indicaron dos expertas de la organización no gubernamental.

En este sentido CEPAZ pide prudencia en el manejo de las expectativas que se tengan en torno a lo que pueda o no hacer la Corte Penal Internacional puesto que no hay tiempo determinado para estos procedimientos.

Las voceras de la mencionada organización explicaron que con el documento que lleva por título “Informe sobre las actividades de examen preliminar 2020”, de fecha 14 de diciembre del presente año, la Fiscalía culminó la Fase II del examen preliminar y avanza hacia la otra etapa importante del examen.

“En esta fase, tal como lo indica el informe, se concluyó que sí se cometieron crímenes de lesa humanidad en contra de manifestantes opositores venezolanos. Esto es un avance”, indicaron las voceras de CEPAZ.

CEPAZ explicó que ahora comienza la Fase III del examen preliminar, es decir, la etapa denominada  “Admisibilidad”. En esta parte hicieron hincapié en ofrecerles protección a las víctimas y sus familiares.

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De acuerdo a lo explicado por las expertas ahora comienza el análisis de “Admisibilidad” en la cual se evalúa la situación en términos de los elementos “Complementariedad” y la “Gravedad” de los hechos.

La “Complementariedad” es la parte en la cual se examinan detalladamente los procedimientos que se han llevado a cabo a lo interno de Venezuela.

En esta fase del examen preliminar la Fiscalía de la CPI analizará la pertinencia y autenticidad de estos procedimientos y establecerá una relación con las autoridades venezolanas para que éstas demuestren que abrieron investigaciones y determinaron responsabilidades.

“Por eso no debe extrañar que el Fiscal venezolano, Tareck William Saab, viaje a La Haya y se reúna con su homóloga, Fatou Bensouda. Él está obligado a entregar la información que se le solicite”.

tareck fatou bensuda

Dentro de esta Fase III también se estudia la “Gravedad” que reviste cada hecho. Aquí se examina la magnitud, la escala, la naturaleza, la forma y el impacto que estos crímenes causaron en las víctimas.

“Sabemos que todo esto genera mucha expectativa, pero el país debe entender que no hay un tiempo determinado para culminar estas etapas de investigación. La CPI estima que hará el procedimiento y a mediados del año 2021 se conocerá si se abre o no la investigación y se determinan responsabilidades”, expresaron las voceras de CEPAZ.

Al terminar la Fase III puede venir la Investigación Formal

Se conoció que al culminar la Fase III del examen preliminar la Fiscal General, Fatou Bensouda, tiene la posibilidad de tomar cualquiera de estas dos decisiones: 1) Ordena abrir una investigación formal sobre los delitos de lesa humanidad cometidos en Venezuela (comenzaría la Fase IV del proceso) o 2) Determina que el caso está cerrado.

“En caso de que ordene cerrar el expediente cualquier país Parte del Estatuto puede solicitar reconsiderar la decisión”, indicaron las expertas de CEPAZ.

Fatou Bensouda ejercerá el cargo de Fiscal de la Corte Penal Internacional (CPI) hasta el 15 de junio de 2021.

Todo parece indicar que el tiempo solo le alcanzará parta culminar la Fase III del examen preliminar sobre Venezuela, en consecuencia, lo que debe ocurrir es que el nuevo funcionario asignado sea el que continúe con el procedimiento que se ha abierto en contra de los hechos acaecidos en el país sudamericano.

Qué sucede cuando se emiten orden de captura a los responsables

Por lo general los venezolanos se preguntan cuál es el procedimiento a seguir en caso de que la Corte Penal Internacional determine responsabilidades penales en los distintos crímenes de lesa humanidad que se han cometido en Venezuela desde que Nicolás Maduro está en el poder.

Las expertas de CEPAZ explicaron que el procedimiento es el siguiente: 1) Culmina la Fase III del examen preliminar, 2) Se ordena abrir un proceso de investigación, 3) Se identifican los casos   surgidos del análisis y 4) Se piden las órdenes de arresto o captura contra los “máximos responsables” de los hechos.

Explicaron que la CPI trabaja con escasos recursos económicos y es por esa razón que muchas veces se demoran en responder ante la cantidad de solicitud que reciben.

¿Quiénes ejecutan las órdenes de captura?

“Estas órdenes son ejecutadas por los cuerpos policiales de cada país. En un Estado ideal de derecho los mismos cuerpos policiales deben cumplir esta orden, a veces parece difícil, pero sí es posible. En caso de que no lo hagan las policías de los Estados Partes deben hacerlo bajo el principio de colaboración”, indicaron las expertas de CEPAZ.

Se conoció que una decisión de este tipo no es “negociable” aunque el Departamento de Estado de los Estados Unidos  haya asomado la posibilidad de que sea así.

La CPI no otorga amnistías a quienes cometen delitos de lesa humanidad o crímenes de guerra.  

Presidentes en ejercicio fueron juzgados y encarcelados

A manera de ejemplo CEPAZ mencionó dos casos de Presidentes en ejercicio que fueron juzgados por la Corte Penal Internacional:

1.- Omar Al Bashir, el hombre que gobernó Sudán durante tres décadas y fue depuesto de la presidencia de ese país luego de un golpe de Estado. Nadie imaginó que el ministro de la Defensa de su país, Awad ibn Ouf, confirmaría la destitución y el comienzo de una transición.

En abril de 2019 la directora de Amnistía Internacional para África oriental, Joan Nyanyuki, dijo: “Omar Al Bashir está acusado de crímenes de lesa humanidad, crímenes de guerra y genocidio y debe ser entregado de inmediato a la Corte penal Internacional para que siga el proceso debido”.

Nyanyuki agregó: “Más de diez años después de emitirse la primera orden de arresto contra él, en 2009, ha llegado el momento de que Al Bashir se enfrente a la justicia en la CPI”.

2.- Charles Taylor, expresidente de Liberia, a quien condenaron a 50 años de cárcel por crímenes de guerra perpetrados en su país y el Sierra Leona, entre 1991 y 2002.

Taylor ha sido el primer antiguo jefe de Estado en recibir una condena firme ante la justicia internacional desde los juicios de Nuremberg, celebrados tras la II Guerra Mundial.

Este mandatario no participó personalmente en los crímenes, pero ha sido considerado, por segunda vez, responsable directo de asesinatos, mutilaciones y violaciones de civiles en una campaña de terror que animó desde la radio sierraleonesa, diciendo que dicho país saborearía la amargura de la guerra.

Taylor fue juzgado en la Corte del Tribunal Especial de Sierra Leona en La Haya.

Sí se cometieron delitos de lesa humanidad

Este 15 de diciembre la Corte Penal Internacional (CPI) emitió un nuevo documento sobre el caso Venezuela. El escrito, denominado “Informe sobre las actividades de examen preliminar 2020”, indica que hay fundamentos razonables para creer que se han cometido crímenes de lesa humanidad en el país que actualmente gobierna Nicolás Maduro Moros.  

“Luego de una evaluación detallada y un análisis de la información disponible, la Fiscalía concluyó que existe fundamento razonable para creer que se cometieron crímenes de competencia de la Corte en Venezuela desde al menos abril de 2017”, señala el informe a manera de conclusión.

El pronunciamiento, recogido en un informe de seis páginas, es parte del examen preliminar que hace la CPI para determinar si procede o no una investigación formal y si se acusa o no a una o varias personas en Venezuela.

En el documento se lee que la Fiscalía ha concluido que la información disponible hasta los momentos brinda un fundamento razonable para creer que, al menos desde abril de 2017, autoridades civiles, miembros de las fuerzas armadas e individuos a favor del Gobierno (colectivos) han cometido los crímenes de lesa humanidad.

La Corte considera que presuntamente se han cometido diferentes crímenes, pero centró su análisis en un subgrupo particular: 1) Tratamiento de personas en detención, 2) Encarcelación u otra privación grave de libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional, 3) Tortura, 4) Violación u otras formas de violencia sexual de gravedad comparable y 5) Persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos.

El mencionado tribunal internacional presume que los responsables materiales de estos hechos son: la Policía Nacional Bolivariana (PNB), el Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin), la Dirección General de Contrainteligencia Nacional (Dgcim), las Fuerzas de Acciones Especiales (FAES), el Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc), la Guardia Nacional Bolivariana (GNB) y el Comando Nacional Antiextorsión y Secuestro (CONAS) y otras unidades élite de la Fuerza Armada Nacional.

Aunque la CPI no menciona el término “colectivos armados” sino “individuos a favor del Gobierno”, al referirse a este grupo el tribunal señala que se procurará examinar la presunta responsabilidad de aquellos que parezcan ser los “máximos responsables por tales crímenes”.

¿Qué son delitos de lesa humanidad?

De acuerdo al artículo 7 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional se entiende por delitos de lesa humanidad todos aquellos actos que se cometen como parte de un ataque generalizado o sistemático contra una población civil y con conocimiento de dicho ataque, entre otros:

1.- Asesinato

2.- Extermino

3.- Esclavitud

4.- Deportación o traslado forzoso de población

5.- Encarcelación u otra privación grave de la libertad física en violación de normas fundamentales de derecho internacional,

6.- Tortura

7.- Persecución de un grupo o colectividad con identidad propia fundada en motivos políticos, raciales, nacionales, étnicos, culturales, religiosos o de género y

8.- Desaparición forzada de personas.

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